Desde el inicio inicio, en el año 1982, nuestro pilar fundamental ha sido el trato directo y personal con el cliente.
QUIÉNES SOMOS
Somos un despacho profesional formado por un equipo de cualificado, comprometido y con una gran motivación para ofrecerles una atención personalizada y un servicio de calidad según sus necesidades.
Nuestro personal se caracteriza por su completa formación en administración de empresas, economía, relaciones laborales, derecho, gestores administrativos y auditoría de cuentas; estando siempre en una continua formación para estar al día de todas las novedades que puedan afectar a los clientes.
Contamos con una larga trayectoria y experiencia profesional en el área del asesoramiento de empresas y personas físicas. Desde nuestros inicios, en el año 1982, nuestro pilar fundamental ha sido el trato directo y personal con el cliente, buscando las mejores opciones para cada uno de ellos.
Nuestro objetivo es facilitar un servicio que genere confianza para que puedan dedicar su tiempo a otros aspectos importantes de su negocio y no tengan por qué preocuparse de sus obligaciones fiscales, contables y laborales del día a día.
Nuestras delegaciones hacen que podamos llegar a un mayor número de clientes caracterizándonos por el trato familiar y cercano que ofrecemos, queremos que te sientas como en casa.
HERENCIAS Y DONACIONES
Únicamente tendrán que preocuparse por realizar la firma de la escritura correspondiente.
SEGUROS
Nuestro equipo titulado de corredores de seguros se pondrá en contacto con la aseguradora que se adecue a sus necesidades, asegurándose que la cobertura acordada está hecha a su medida
HERENCIAS Y DONACIONES
Únicamente tendrán que preocuparse por realizar la firma de la escritura correspondiente.
AUDITORÍA
Prestamos servicios de auditoría de subvenciones, de cuentas anuales y de balances en un amplio abanico de sectores
ESCRITURAS
Desde operaciones societarias a operaciones entre particulares, nos encargamos de tramitar la escritura relativa a tu operación así como realizar todas las tramitaciones legales necesarias
AUDITORÍA
Prestamos servicios de auditoría de subvenciones, de cuentas anuales y de balances en un amplio abanico de sectores
PREGUNTAS FRECUENTES
La obligación depende de varios factores. Por carácter general, si tienes unos ingresos anuales superiores que superen los 22.000€ deberás presentar la declaración; aunque en el caso de tener varios pagadores este límite de ingresos anuales se establece en 14.000€ siempre que el segundo y siguientes pagadores superen 1.500€
Además, existen otros casos donde tienes que presentar la declaración como es el caso de tener un inmueble arrendado, haber obtenido ganancias patrimoniales, tener una segunda vivienda y otras situaciones.
Si tienes dudas con tu situación personal no dudes en contactarnos.
Los impuestos a los que tenemos que hacer frente a la hora de heredar depende de la Comunidad Autónoma en la que residiese el fallecido, y esto causa ciertas dudas en la población.
En el caso de Aragón, existen diferentes reducciones y bonificaciones que dependerá su graduación del grado de parentesco y masa hereditaria, por ello es un tema complicado por lo que te recomendamos que te pongas en contacto con un asesor para que conozca a fondo tu situación
A partir de 1 de enero de 2023 el pago de las cuotas de autónomos se realiza en función de los rendimientos de la actividad previstos.
En el caso de tener que regularizar los pagos por haber obtenido al finalizar el ejercicio mayores rendimientos de los previstos, EL IMPORTE ADICIONAL a satisfacer se considerará mayor gasto deducible en el ejercicio en el que se regularice y NO podrá solicitarse declaración RECTIFICATIVA del ejercicio anterior.
En el supuesto de que los rendimientos realmente obtenidos sean menores de los previstos, el importe devuelto por la Seguridad Social se considerará menor gasto deducible en el ejercicio de la devolución y NO será necesario presentar declaración COMPLEMENTARIA del ejercicio anterior.
A la hora de transmitir un vehículo deberás liquidar el impuesto de Transmisión Patrimoniales Onerosas, el cual se liquidará en la comunidad autónoma del comprador. A su vez, deberás pagar las diferentes tasas de Tráfico las cuales dependerán de la antigüedad del vehículo y de su cilindrada. Además, deberás contar con una serie de documentación en regla. Te recomendamos que contactes con nuestras oficinas para ayudarte a realizar todos los trámites para realizarlo de la forma adecuada.
Si has recibido ayudas del Estado debes incluirlas en la declaración de la renta, y dependiendo de cual se trate podrá tener una consideración u otra.
En el caso del ingreso mínimo vital estamos ante una renta exenta por lo que no tiene repercusión en el mismo.
Sin embargo, por carácter general todas las ayudas percibidas son consideradas una ganancia patrimonial y si la cuantía anual supera los 1.000€ existirá siempre obligación de tributar por estar sujeta pero no exenta.
El bono cultural joven (hasta 400€): debe tributar en el IRPF en concepto de ganancia patrimonial en la Base General
La ayuda de 200€ por bajo nivel de ingresos: procederá imputarla al período impositivo en el que se haya producido el cobro de la ayuda y se integrará dentro de la Base Imponible General.
El bono de alquiler joven: las cantidades percibidas por bono alquiler joven, al igual que cualquier otra ayuda al alquiler similar, están sujetas al IRPF, en concepto de ganancia patrimonial que se integrará dentro de la Base Imponible General.
Cuéntanos que ayuda percibes y te asesoraremos sobre tus obligaciones.
A la hora de iniciar una actividad lo primero que tenemos que tener claro es la forma jurídica que vamos a emplea, es decir, si vamos a desarrollar la actividad como profesional autónomo o a través de una sociedad.
Una vez tomada esa decisión, deberás realizar el alta tanto en el censo de trabajadores donde indicaremos nuestra actividad y las diferentes obligaciones fiscales. Dependiendo de una modalidad u otra tendremos diferentes obligaciones tanto fiscales como contables.
Tanto si tienes dudas como si no, estaremos encantados en realizar un estudio de cada una de las situaciones de forma personalizada así como realizar todos los tramites de alta de la actividad, y los tramites de constituir una sociedad si fuese la decisión tomada.
Tendrás que liquidar el impuesto de Sucesiones y Donaciones el cual es diferente en cada Comunidad Autónoma, y cuentas con un mes de plazo desde el momento de la donación.
Para realizarlo correctamente te aconsejamos que acudas a un asesor especialista en el tema para que te pueda aplicar las diferentes bonificaciones y reducciones que existen en cada caso dependiendo del objetivo de la donación, el parentesco, el patrimonio preexistente y otros factores.
Cuando un contribuyente transmite su negocio hay que distinguir:
- Por las EXISTENCIAS se produce un rendimiento de la actividad económica por diferencia entre el precio de adquisición y precio de venta fijado en la transmisión.
- Por la venta de ELEMENTOS DE INMOVILIZADO (Inmuebles, Mobiliario, Instalaciones, etc.) afectos a la actividad, se produce una ganancia o pérdida patrimonial que irá a la base del ahorro por diferencia entre el importe de la venta de cada uno de ellos y su valor contable.
- Por la transmisión del FONDO DE COMERCIO se producirá una ganancia patrimonial ( V1773-22) que irá a la base del ahorro.
En el supuesto de que el fondo de comercio hubiese sido previamente adquirido también con contraprestación, ésta podrá deducirse del precio de venta restando al precio de compra las amortizaciones practicadas
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